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Nuevas regulaciones para motos eléctricas

Puntos Clave de la Nueva Regulación (CDMX 2026):Licencia y Placas: Obligatorias para motos eléctricas y VEMEPE (velocidad > 25 km/h o peso > 35 kg). Licencia y Placas: Obligatorias para motos eléctricas y VEMEPE (velocidad > 25 km/h o peso > 35 kg).

Seguridad: Uso obligatorio de casco (tipo motociclista) y luces encendidas.

Circulación: Prohibido transitar por banquetas, ciclovías y carriles de transporte público. Deben usar el carril derecho.

Edad: Solo mayores de 18 años podrán conducir vehículos que superen los 25 km/h.

Registro: Es necesario registrar las unidades ante la Secretaría de Movilidad (SEMOVI).

Plazo: Se estableció un periodo de regularización hasta agosto de 2026 para cumplir con los requisitos.

Las nuevas normativas establecen restricciones claras sobre dónde y cómo circular: Vías prohibidas: No se permite la circulación en banquetas, pasos peatonales, carriles confinados del transporte público (como el Metrobús o Mexibús) ni en vías primarias si el vehículo no alcanza velocidades mínimas de seguridad. Velocidad y Seguridad: Se debe respetar el límite de velocidad y es obligatorio el uso de casco certificado, así como mantener las luces encendidas en todo momento. Ciclovías: Las motos eléctricas y vehículos que superen los 25 km/h deben evitar las ciclovías, las cuales quedan reservadas para bicicletas convencionales o de baja potencia.


 
 
 

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